9/17/2013
IVA: dos aplicaciones
Isaac Katz

La reforma tributaria que presentó el Poder Ejecutivo al Legislativo para su consideración y aprobación, se quedó muy lejos de ser una de carácter estructural, una que cambiara de fondo el diseño del sistema tributario y alineara los incentivos que de éste se derivan con el objetivo de mayor y sostenido crecimiento económico, además de fortalecer estructuralmente los ingresos tributarios del gobierno federal.

En la propuesta hay cosas buenas y algunas malas, como no haber gravado con el IVA a los alimentos, aunque fuese excluyendo una canasta básica de consumo, por lo que el caviar y las tortillas siguen teniendo el mismo tratamiento fiscal. Son muchos los componentes de la reforma para tratarlos en particular en este artículo pero quiero enfocarme en dos aplicaciones del IVA: colegiaturas y compra – venta de vivienda.

Primero las colegiaturas, a las cuales quiero añadir algunos comentarios. El argumento del gobierno para imponer el IVA en las colegiaturas es que todas aquellas familias que envían a sus hijos a las escuelas particulares tienen capacidad de pago, lo cual es un grave error. Concediendo que todas las familias “ricas” envían a sus hijos a escuelas particulares, también es cierto que una gran cantidad de familias de clase media lo hacen, pudiendo las colegiaturas representar un alto costo de oportunidad en términos del sacrificio que hacen en consumo de bienes dentro del hogar. Gravar las colegiaturas, aumentaría tal costo, reduciendo con ello su nivel de bienestar. Además, para aquellas familias que en el margen cubren ahora las colegiaturas pero que con el IVA ya no lo podrían hacer y se vieran forzados a enviar a sus hijos al sistema público, ¿tiene éste la capacidad de absorción? y, dado que el gravamen se aplicaría desde enero, ¿dejarían a sus hijos sin clases un semestre, se endeudarían, empeñarían sus activos? Hay, además otros dos puntos relevantes.

El primero es que la educación pública, dada su pésima calidad, es un sustituto muy imperfecto de la educación privada (aunque hay escuelas particulares muy malas y públicas muy buenas). En consecuencia, la demanda de educación privada es muy inelástica por lo que la mayor parte del gravamen lo absorberían los demandantes, es decir las familias. El segundo es el hecho de gravar la acumulación de capital humano. Las colegiaturas no pueden ser vistas como consumo, sino como un gasto en inversión, la mejor que una sociedad puede hacer. Es cierto que se genera valor agregado en la prestación del servicio escolar, pero desde una perspectiva social, tiene que estar exenta de impuestos.

En cuanto a la propuesta de gravar con el IVA la compra – venta de vivienda es importante hacer una distinción entre vivienda nueva y usada. La vivienda nueva obviamente al momento de ser acabada y puesta en venta tiene un valor agregado que merece ser gravado con el IVA. Sin embargo, no es el caso de la vivienda usada ya que en la transacción no se añade ningún valor. Estas transacciones no forman parte del PIB. Gravar con el IVA la compra de una vivienda usada es una absoluta aberración; sería equivalente a gravar con IVA la compra – venta de un automóvil usado.

Se anticipa que el Congreso rechazará el IVA en las colegiaturas. También tendría que hacer lo mismo en la propuesta de gravar con este impuesto la compra de vivienda usada, porque repito, es una aberración.



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