¿Qué decir de la reforma laboral aprobada por los diputados? ¿Ya contamos, en la economía mexicana, con una ley laboral justa y eficaz, que genere las condiciones necesarias y suficientes para crear más y mejores empleos?
¿Qué decir de la reforma laboral aprobada por los diputados? En primer lugar, y esto no hay que pasarlo por alto, que una vez aprobada en la Cámara de Diputados será enviada a la de Senadores, quienes, de avalarla, la enviarán al presidente de la República para su promulgación y, de no avalarla, la regresarán a la Cámara de Diputados. Lo más probable es que los senadores la avalen y el Felipe Calderón la promulgue, momento a partir del cual el mundo laboral mexicano comenzará a operar con nuevas reglas del juego. La pregunta es si estas nuevas reglas del juego serán las más justas, para garantizar derechos, tanto de trabajadores como de patrones, y las más eficaces, para incentivar la creación de más empleos y más productivos, sin olvidar que en todos los frentes de la actividad económica, el laboral incluido, lo justo es también lo eficaz, y lo justo es, no lo que defiende intereses, sino lo que reconoce derechos. Las nuevas reglas del juego, ¿serán las más justas y las más eficaces? La respuesta es no, y ello por dos razones: 1) la propuesta original de Calderón, si bien apuntó en la dirección correcta, se quedó corta; 2) a la propuesta del presidente los diputados le hicieron recortes, acortándola todavía más, no con el fin de garantizar derechos, sino de defender intereses (de entrada de líderes sindicales).
A grandes rasgos (destacando 10 de los 51 puntos que contemplaba la iniciativa del presidente) la propuesta original de Calderón pretendía: 1) incluir en la legislación nuevas modalidades de contratación: períodos de prueba, contratos de capacitación inicial y para el trabajo de temporada, con el correspondiente salario por hora, lo cual beneficia a quienes no pueden trabajar una jornada completa de ocho horas; 2) regular la subcontratación o outsorcing, con el fin de evitar la evasión y elusión del cumplimiento de obligaciones a cargo del patrón, todo ello a favor de los trabajadores; 3) tipificar como delito el trabajo de menores de 14 años fuera del ámbito familiar; 4) establecer un límite de 12 meses a la generación de salarios caídos, con el fin de combatir la práctica de prolongar artificialmente la duración de los procedimientos laborales; 5) privilegiar, en vez de la antigüedad, la productividad como el principal criterio para acceder a plazas vacantes y a nuevos puestos de trabajo; 6) prever el voto libre, directo y secreto de la directiva sindical; 7) fortalecer la rendición de cuentas de las directivas sindicales; 8) considerar como información pública la relacionada con los registros de las organizaciones sindicales, los contratos colectivos y reglamentos internos de trabajo depositados ante las autoridades laborales; 9) suprimir la denominada “cláusula de exclusión por separación” que la ley permite establecer en los contratos colectivos de trabajo, por la cual la empresa no puede contratar a un trabajador que no forme parte del sindicato, teniendo la obligación de despedirlo si deja de formar parte del mismo; 10) prever que cuando una huelga se prolongue por más de sesenta días, sin que los trabajadores la hayan sometido a la decisión de la Junta, el patrón podrá solicitar que se inicie el arbitraje.
A grandes rasgos la propuesta de reforma laboral de Calderón apuntaba en la dirección correcta, a favor de leyes más justas (por ejemplo: la eliminación de la “clausula de exclusión por separación”) y más eficaces (por ejemplo: las nuevas modalidades de contratación, que incluyen el pago de salario por hora), pero, como ya lo mencioné, se quedó corta, y en temas de singular importancia, como lo es, uno entre muchos otros, el de la libertad del trabajador para afiliarse o no al sindicato, libertad que hoy los trabajadores no tienen, algo que resulta increíble.
De la propuesta de Calderón, ¿qué aprobaron, y qué rechazaron, los diputados? Aprobaron lo relacionado con 1) nuevas formas de contratación y pago de salario por hora; 2) regular las condiciones de la subcontratación; 3) considerar delito el trabajo de menores de 14 años fuera del ámbito familiar; 4) limitar el pago de salarios caídos a un plazo no mayor a doce meses; 5) considerar la productividad como principal criterio para avanzar en el trabajo, aprobaciones todas ellas que apuntan en la dirección correcta, ya que suponen reglas del juego más justas, para garantizar derechos, y más eficaces, para crear más empleos.
Desafortunadamente todo lo relacionado con los sindicatos, desde la elección de líderes sindicales de manera libre, directa y secreta, hasta la transparencia en el uso de las cuotas sindicales, todo lo cual es justo y eficaz, simple y sencillamente no se tocó. Es justo porque los trabajadores tienen el derecho, hoy todavía no reconocido plenamente, definido puntualmente y garantizado jurídicamente, de elegir a sus líderes de manera libre, directa y secreta, voto libre, directo y secreto que es parte de la esencia misma de la democracia, cualquiera que sea el campo en el que la misma se practique. Es eficaz porque, en la medida en la que quienes manejan los recursos aportados por los trabajadores tengan que transparentar dichos manejos, se crean los incentivos para que los mismos se manejen con honestidad (destinados al fin al que deben destinarse) y eficacia (lográndose el fin que debe lograrse).
Al final de cuentas, ¿qué decir de la reforma laboral? De entrada, y más allá de lo reformado y lo mantenido, hay que decir que, por fin, se tocaron temas considerados tabús, como es el del trabajo de tiempo parcial y el pago por hora, y que se tocaron para introducir modificaciones que apuntan en la dirección correcta, es decir, que permiten una mayor flexibilidad del mercado laboral, lo cual es justo (no limita la libertad para trabajar a X horas diarias y cambio de un salario Y) y eficaz (al hacer posibles nuevas formas de contratación y de pago es de esperar que se generen más empleos). Además de lo anterior, hay que repetir lo ya dicho: 1) la propuesta original de Calderón se quedó corta; 2) a la propuesta del presidente los diputados le hicieron recortes, acortándola todavía más, lo cual quiere decir que todavía no contamos, en la economía mexicana, con una ley laboral justa y eficaz, que genere las condiciones necesarias y suficientes para, uno, crear más empleos y, dos, para crear mejores empleos. ¿Cuándo se volverá a tocar el tema?
Por último hay que tener presente que, sin más inversiones, no habrá más empleos, y que la capacidad para que se invierta más no depende exclusivamente de que las reglas del juego en materia laboral sean más justas y eficaces de lo que lo eran en el pasado reciente. No, las inversiones dependen de la competitividad del país, definida como la capacidad de una nación para atraer, retener y multiplicar inversiones, competitividad que a su vez depende, por lo menos en el Índice de Competitividad Global del Foro Económico Mundial, de 111 variables distintas, de las cuales solamente ocho están directamente relacionadas con la cuestión laboral, agrupadas bajo la etiqueta eficiencia del mercado laboral: 1) cooperación en la relación patrón – trabajador; 2) flexibilidad en la determinación del salario; 3) prácticas para contratar y despedir; 4) costos redundantes; 5) productividad y remuneración; 6) confianza en una administración profesional; 7) fuga de cerebros; 8) proporción de mujeres en la fuerza de trabajo, lo cual quiere decir que, sin el resto de las reformas, desde la fiscal hasta la energética, la reforma laboral no dará todos los buenos resultados que puede dar.
EntrarTanta sociedad como sea posible, tanto gobierno como sea necesario.