¿Para qué se endeuda el sector público?
Comienzo con los números. Al final del 2000, al término del sexenio de Zedillo, la deuda del sector público, como proporción de los ingresos presupuestarios de dicho sector, y según los datos proporcionados por la Secretaría de Hacienda, fue del 113 por ciento. Seis años después, al final del 2006, al término del gobierno foxista, fue del 88 por ciento. Seis años más tarde, al final del 2012, al término de la administración de Calderón, fue del 152 por ciento. Veintiún meses después, en septiembre pasado, ya en el sexenio de Peña Nieto, la deuda del sector público, como porcentaje de los ingresos presupuestarios de dicho sector, alcanzó el 228 por ciento, lo cual, sin duda alguna, resulta preocupante, sobre todo por la razón que a continuación explico.
Con relación a la deuda del sector público, por lo general, las preocupaciones son tres: 1) cuánto crece; 2) qué porcentaje representa del PIB (el ingreso generado por todos); 3) qué porcentaje representa de los ingresos presupuestarios del sector público (el ingreso generado por dicho sector), y por lo general se olvida la pregunta más importante: ¿a qué destina el sector público esos pasivos?, o, dicho de otra manera, ¿para qué se endeuda?
La única deuda pública que se justifica es aquella que, invertida en proyectos productivos (ojo: invertida para crear riqueza, no gastada para consumirla), será capaz de generar ingresos con los que liquidarla, como puede ser, botón de muestra, la inversión en carreteras de paga que, además, apoyan, en un frente tan importante como es el del transporte, al progreso económico. ¿Pero qué sucede cuando el sector público, en general, y el gobierno, en particular, se endeuda para financiar, por ejemplo, programas sociales, por medio de los cuales el gobierno provee de satisfactores a distintas clientelas presupuestarias, que no son otras cosa más que presupuestívoros (dícese de quienes devoran prepuesto)? Lo que sucede es que, en este caso, a corto y mediano plazo, el gobierno tendrá que contraer deuda nueva para pagar deuda vieja y, a la larga, tendrá que echar mano de los impuestos para pagar lo que debe, ya sea quitando más y dando lo mismo o quitando lo mismo y dando menos.
Afortunadamente, lo dicho en el párrafo anterior está previsto en la Constitución, en cuyo artículo 73 se lee lo siguiente: “Ningún empréstito podrá celebrarse sino para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos, salvo los que se realicen con propósitos de regulación monetaria, las operaciones de conversión y los que se contraten durante alguna emergencia declarada por el Presidente de la República…”, momento de preguntar si tal es el destino de toda, -sí: ¡toda!-, la deuda pública. ¿Lo es?
Continuará.
EntrarTanta sociedad como sea posible, tanto gobierno como sea necesario.